¿Qué es el Crédito Fiscal para partidas inmobiliarias? ¿Qué marco Legal lo reglamenta?
El Crédito Fiscal es un descuento del 100% del Impuesto Inmobiliario. Alcanza a inmuebles de la planta urbana edificada cuya valuación fiscal para el año 2026 no supere los $ 273.600. En el caso de que la misma unidad habitacional comprenda más de una partida inmobiliaria, la suma de sus valuaciones fiscales no debe superar el importe indicado.
¿Existe alguna constancia de obtención de los beneficios del Crédito Fiscal? ¿Cómo se liquida el impuesto si se constata un incumplimiento en alguna de las condiciones?
Sí, la autoridad de aplicación emite un certificado por el importe anual del Impuesto del inmueble beneficiado con el Crédito Fiscal. Este certificado exime al contribuyente de pagar el impuesto durante ese año.
Si se constata algún error en la emisión o incumplimiento de alguna condición, el impuesto no se cancela. En ese caso, ARBA comunica al contribuyente la situación en su domicilio fiscal. En estos casos se liquida nuevamente el impuesto anual y la primera cuota, sin aplicar intereses ni recargos hasta la nueva fecha de vencimiento establecida.
¿Cómo se imputarán los pagos de un contribuyente que abonó la primera cuota o el impuesto anual, cuando poseía el beneficio del Crédito Fiscal?
En caso de que una partida alcanzada por el beneficio tuviera una cuota del impuesto abonada, se generará un saldo a favor. El mismo será compensado por ARBA a otras obligaciones del mismo titular.
¿Existe Crédito Fiscal para partidas del Impuesto Inmobiliario Rural?
Sí, existe un Crédito Fiscal establecido en el artículo 184 de la Ley Impositiva vigente. Consiste en un descuento en el monto del impuesto del 20% para inmuebles destinados exclusivamente a producción agropecuaria que se encuentren ubicados en las zonas mencionadas en el artículo 2 de la Ley 13.647. El beneficio se aplica de manera automática, sin necesidad de tramitación por parte de los contribuyentes alcanzados.
¿Qué es la base imponible?
Es el monto que se utiliza para calcular el impuesto de cada automotor. Se obtiene multiplicando a la valuación fiscal del vehículo por el coeficiente que establece la Ley Impositiva.
¿Cómo se realiza el cálculo del Impuesto Automotor? ¿En cuántas cuotas se divide?
El cálculo es anual. Para realizarlo se tiene en cuenta el inciso en el que el vehículo haya sido incluido de acuerdo a la Ley Impositiva vigente, y los valores que la misma establece.
¿Cómo tributan los vehículos automotores?
-Los siguientes vehículos tributan utilizando las escalas de alícuotas establecidas en el artículo 33 de la Ley Impositiva vigente:
1. Inciso A (automóviles, rurales, auto-ambulancias y autos fúnebres);
¿Qué es el Código de Marca?
Es un código alfanumérico que identifica, de forma inequívoca, un modelo y tipo de vehículo existente. Consta de 2 letras que representan la marca del rodado y 5 números de orden. Se relaciona con el código de Infoauto que figura en el Certificado de fábrica o aduana.
Fecha última actualización: 27/01/2026
¿Cuáles son las fechas de vencimiento del impuesto para el año en curso?
Para conocer las fechas de vencimiento del impuesto, podrás ingresar al Calendario de Vencimientos.
Fecha última actualización: 27/01/2026
¿Qué vehículos se encuentran municipalizados?
Los vehículos de modelos-año 1990 a 2015 inclusive, se encuentran transferidos a la órbita municipal según lo establecido en la Ley Impositiva vigente.
Existen 2 excepciones para la municipalización de la deuda de los vehículos modelo-año 2015: las deudas que se encuentren en un Plan de Pagos vigente, y las que se encuentran con un juicio de apremio o plan concursal.