Colegios y consejos profesionales
Los Colegios, Consejos y demás Organismos profesionales que tengan a su cargo el gobierno de la matrícula, de la provincia de Buenos Aires, se encuentran obligados a actuar como agentes de información conforme lo dispuesto en la Resolución Normativa N°17/2024.
Transacciones electrónicas
Las organizaciones que administren medios de pago electrónicos como tarjetas de débito o de crédito serán nombrados por Arba como agentes de información. Sus obligaciones como agentes de información son la presentación de las Declaraciones Juradas mensuales y, en caso de corresponder, el pago de multas según lo determine la autoridad de aplicación.
Padrón de Tarjetas
Los Agentes de Recaudación, sujetos obligados a actuar como agentes en el régimen especial, deberán practicar la retención que corresponda con relación a aquellos contribuyentes que se encuentren incluidos en el padrón, y se aplicará la alícuota de retención que esta Autoridad de Aplicación consignará en la página de internet con relación a cada contribuyente en particular.
Cambio de imputación
A partir de la RN 54/2018 se implementa una nueva aplicación WEB para que los Agentes de Recaudación cuenten con la posibilidad de trasladar o modificar la imputación de pagos efectuados erróneamente en su actuación como responsables por deuda ajena conforme a lo normado en el primer párrafo del art. 103 del CF, para las situaciones expresadas en el artículo 4 de la citada norma legal.
Instructivo
Cooperativas
Las cooperativas constituidas conforme con la Ley Nacional N° 20337, que sean contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos en esta jurisdicción, deberán cumplir el presente régimen de información. Deberán suministrar anualmente, y con carácter de declaración jurada, la información relativa a la actividad desarrollada y demás datos de interés fiscal.