Sellos
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Instrumentos Privados
Descripción
De acuerdo a las fechas definidas por el calendario fiscal, deberá presentar la DDJJ del período que corresponda, en la que declara todos las operaciones realizadas en el período en cuestión. En esta instancia se calcula el monto que deberá abonar para los distintos regímenes.
- Actos y contratos en general
- Actos y contratos sobre inmuebles
- Operaciones de tipo comercial o bancario
Son responsables del pago del mismo, todas las partes (dos o más personas) que intervengan en el instrumento; las partes son solidariamente responsables.
Liquidación para el pago
Liquidación Sellos compraventa automotor nuevo entre 18/06/2019 y 30/09/2019
Opciones de Pago
Conformación de ajustes de fiscalización
Escribanos
Descripción
Los escribanos o notarios son los encargados de recaudar el impuesto de Sellos, Inmobiliario y Embarcaciones y depositarlo en ARBA.
Actúan como intermediarios entre este Organismo Fiscal y el contribuyente en el cumplimiento del pago del impuesto por la celebración de escrituras públicas.
Inscripción de escribanos en ARBA
El requisito de inscripción de los escribanos públicos, queda cumplido con la apertura del legajo. Esta se produce cuando el escribano se presenta en el Departamento Sellos y Transmisión Gratuita de Bienes, perteneciente a la Agencia, registra su firma y presenta la resolución por la cual se lo designa para actuar en un registro notarial.
Presente su DDJJ desde SIESBA
Transmisión Gratuita de Bienes
Contribuyentes
Domiciliada en Provincia: Se grava por el monto total del enriquecimiento.
Domiciliada fuera de Provincia: Se grava el enriquecimiento patrimonial proveniente de una transmisión de bienes existentes en el territorio de la Provincia de Buenos Aires
Hecho Imponible
Todo aumento de riqueza obtenido a título gratuito como consecuencia de una transmisión o acto de esa naturaleza, que comprenda o afecte uno o más bienes situados en la Provincia y/o beneficie a personas físicas o jurídicas con domicilio en la misma, estará alcanzado con el impuesto a la Transmisión Gratuita de Bienes en las condiciones que se determinan en los artículos siguientes.
Alícuotas
En el marco del impuesto a la Transmisión Gratuita de Bienes, Título IV Bis del Código Fiscal -Ley N° 10.397, (Texto ordenado 2004) y modificatorias-, se establece a los efectos del pago del presente gravamen las siguientes escalas de alícuotas.
Presentación de DJ Ley 14840 - Sinceramiento
Instrumentos Judiciales
Descripción
Son actos judiciales declarativos del dominio de inmuebles los oficios judiciales relacionados a divorcios, subastas, usucapión, declaratoria de herederos, cesión, otros. Para inscribir un inmueble por oficio judicial, en forma previa a la inscripción registral, las y los profesionales interesadas/os deberán ingresar la documentación correspondiente en formato digital, en un único archivo comprimido, tal como se indica en “Ingreso para Visación de Actos Judiciales Declarativos de Dominio de Bienes Inmuebles”.
- Presentación de Declaración Jurada
- Instructivo-presentación de DDJJ y pago
- Emisión certificado de inexistencia de deuda Impuesto Inmobiliario (básico y complementario)
- Consulta de certificado de inexistencia de deuda Impuesto Inmobiliario. Ingresando número de partida y formulario
Documentación requerida
La documentación que instrumenta dichos actos con las copias pertinentes, al igual que la que debe ingresar en la Dirección Provincial del Registro de la Propiedad, es:
- Testimonio
- Oficio
- Certificado catastral por cada partida involucrada
- Liberación de deuda del impuesto inmobiliario básico y complementario por cada partida involucrada
- Declaración jurada de instrumento judicial y pago (una o varias según corresponda)
- Declaración jurada de Transmisión Gratuita de Bienes (TGB) y eventual pago (sólo si corresponde, una o varias)
Los instrumentos judiciales declarativos del dominio de inmuebles, no siempre pagan impuestos de Sellos, sólo en los casos en que exista onerosidad (que tiene precio, retribución).
En el caso de que se tenga que realizar el pago de la tasa o impuesto, éste se puede realizar en Banco Provincia, Banco Nación y Provincia NET.
Exenciones
Descripción
Aquí podrás iniciar los trámites de solicitud de exención, carga de oficio judicial, promoción industrial y solicitud de sustitución de impuesto (empresas de energía).
Trámite de exenciones
Información sobre el trámite
Entidades Registradoras
Descripción
Las bolsas, mercados, cámaras y asociaciones que registren los documentos, actos, contratos y operaciones comprendidas en el artículo 21 de la Ley 14.357, que sustituye el artículo 46 inciso A), apartado 12, de la ley impositiva para el año 2012 (Ley 14.333) y concordantes de la legislación aplicable cada año calendario y actuarán como Agentes de Recaudación del Impuesto de Sellos correspondientes a los mismos.