¿Qué diferencia hay entre períodos Caracterizados y períodos Liquidados? ¿Cómo se calcula el importe liquidado?

Los períodos caracterizados son los que se consideran para determinar si el contribuyente es o no reticente, es decir, si está alcanzado por las previsiones del artículo 47 del Código Fiscal.

Los períodos liquidados son los que se incluyen en la intimación de Pago a Cuenta - Etapa 2, que pueden coincidir o no con los caracterizados.

¿Qué ocurre si no se resuelve el Reclamo de Pago a cuenta mediante alguna de las alternativas previstas en la normativa?

Una vez vencidos los plazos legales, ARBA instará el inicio del juicio de apremio a través de la emisión de un Título Ejecutivo, de acuerdo a lo previsto en el artículo 58 del Código Fiscal y 9 de la Resolución Normativa 32/17.

 

 

Fecha de última actualización: 02/01/2024

¿Cuáles son las opciones disponibles para resolver el Reclamo de pago de Tributo Adeudado artículo 44 del Código Fiscal?

Las opciones para resolver este reclamo son:

¿Cuál es el plazo legal para enviar el descargo en el sistema a una Intimación de Pago de Tributo Adeudado Art.44 Código Fiscal?

El plazo es de 15 días hábiles administrativos de efectuada la notificación.

¿Cuándo corresponde “Conformar Impuesto Determinado Conforme Alícuota Legal” y qué implica? ¿Es posible visualizar el impuesto conformado en la base de datos de la ARBA?

Corresponde conformar la totalidad de los períodos para los cuales no haya sido presentado descargo. Al hacerlo se deberá aceptar el impuesto determinado, o consignar uno mayor al estimado.

El otorgamiento de la conformidad implica el reconocimiento del impuesto determinado estimado para cada uno de los períodos incluidos y tiene efecto de declaración jurada, tal como lo establece el último párrafo del artículo 104, inciso c) del Código Fiscal.

¿Existe un Plan de Pagos FIRE para resolver una intimación de Pago de Tributo art. 44 Código Fiscal?

No, no existe un plan de pagos específico para resolver esta intimación. Luego de prestar conformidad o presentar las declaraciones juradas rectificativas, puede suscribirse al Plan de Pagos General para deudas del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que se encuentre vigente.

Fecha de actualización: 02/01/2024

¿Qué ocurre si no se resuelve el Reclamo de Pago mediante alguna de las alternativas previstas en la normativa?

Una vez vencidos los plazos establecidos, ARBA se encuentra habilitada para emitir un Título Ejecutivo por el monto total intimado, e instar el inicio de la acciones de apremio que correspondan según lo establecido en los artículos 44 y 104 del Código Fiscal, y el artículo 18 de la Resolución Normativa 33/17, texto ordenado por las Resolucione

¿Qué grava el impuesto de Sellos?

El impuesto de Sellos grava los actos, contratos y operaciones de carácter oneroso, formalizados en el territorio de la Provincia, por medio de instrumentos públicos y privados, que cumplan con las siguientes características:

¿Cómo debe presentarse la Declaración Jurada del Impuesto de Sellos?

Los contribuyentes o terceros que intervengan en la celebración de actos, contratos u operaciones alcanzados por el impuesto, deberán presentar una Declaración Jurada de Sellos de Instrumentos Privados dentro de los 15 días hábiles administrativos posteriores a la formalización del acto. Podrán hacerlo ingresando desde la página Web de ARBA en el recuadro “Sellos - TGB", (que se encuentra casi al final de la misma) luego ingresar al apartado “Instrumentos Privados”, “Liquidación para el Pago”.

¿Qué datos son requeridos por la aplicación al momento de la presentación de la Declaración Jurada del Impuesto de Sellos para Instrumentos Judiciales?

Los datos que requerirá el sistema son: