Quienes hayan adherido a Ingresos Brutos Simplificado (IBS) ¿Pueden solicitar su exclusión del régimen? En caso de salir, ¿pueden volver a ingresar?

Sí, quienes hayan adherido a Ingresos Brutos Simplificado pueden solicitar su exclusión del régimen una vez al año, por medio del trámite de Exclusión al Régimen Simplificado , y tiene efectos a partir del periodo de solicitud.

Quienes soliciten la exclusión, volverán al régimen general y tendrán la obligación de presentar las declaraciones juradas mensuales y anuales nuevamente. También volverán a ser incluidos en el padrón de retenciones y percepciones.

¿Qué sucede con las alícuotas diferenciales contempladas en la Ley Impositiva?

Las alícuotas diferenciales mayores a 0 (cero) no modifican el monto a pagar en el régimen de Ingresos Brutos Simplificado (IBS), ya que es fijo y único por categoría.

Para los casos en que la alícuota de la actividad sea igual a 0 (cero), no se debe abonar el monto fijo de Ingresos Brutos Simplificado.

 

Fecha última actualización:02/01/2024

Si soy Agente de Retención o Percepción de Ingresos Brutos, ¿Cómo debo actuar frente a los Monotributistas?

Los Agentes de Recaudación no deben efectuar retenciones ni percepciones a quienes se encuentren adheridos al Régimen de Ingresos Brutos Simplificado. La manera de acreditar la adhesión al régimen es a través de la Constancia de Opción o de Inscripción.

En lo que respecta a los contribuyentes de regímenes administrados por padrón, fueron incluidos con alícuota 0 (cero). También fueron excluidos de los padrones de retención sobre créditos bancarios, tarjetas de compra y crédito.

Quiénes ya tengan una inscripción en Ingresos Brutos y quieran inscribirse en el Régimen Simplificado ¿Tienen que solicitar la adhesión?

Sí, para adherirse al Régimen Simplificado deberán manifestar su voluntad de incorporarse al mismo. Se realiza vía web, en la sección Adhesión a Ingresos Brutos Simplificado. El alta se hace efectiva a partir del mes inmediato siguiente al de la solicitud.

¿Cómo realizan el Alta en Ingresos Brutos Simplificado (IBS) quienes aún no son contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos?

Quienes aún no sean contribuyentes, al momento de tramitar la inscripción en el Monotributo nacional de ARCA, serán dados de alta automáticamente en ARBA bajo el Régimen Simplificado. Esta gestión se realiza en la web de ARCA con clave fiscal. Después de 24 horas de la inscripción, ARBA le asignará un estado al contribuyente, que puede ser: Alcanzado, Exento o No Alcanzado.

Si poseo la exención por Ley ALAS ¿Puedo adherirme a Ingresos Brutos Simplificado? ¿Debo abonar?

Sí, quienes posean el beneficio por Ley ALAS pueden adherirse al Régimen Simplificado. Se realiza vía web, en la sección Adhesión a Ingresos Brutos Simplificado. El alta se hace efectiva a partir del mes inmediato siguiente al de la solicitud. Una vez confirmada la adhesión, se informará como estado Exento, por lo que no existirá la obligación de abonar el impuesto.

¿Cómo se obtiene la Constancia de Inscripción y la Constancia de Opción?

La Constancia de Inscripción en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos puede obtenerse desde la web de ARBA.

La Constancia de Opción indica la fecha de alta del contribuyente en Ingresos Brutos Simplificado y puede descargarse en la sección Mi Monotributo de la web de ARCA.

¿Cómo se realiza el alta, baja o modificación de datos (actividades, domicilios, etc.)?

Los trámites de alta, baja y modificación de datos se realizan a través de la sección Mi Monotributo de la web de ARCA.

Las bajas que se tramitan desde ARCA aplican tanto al Monotributo nacional como al componente provincial.

 

 

 

Fecha última actualización: 17/04/2024

¿Cómo se realiza la modificación de domicilio? ¿Cuáles son los efectos?

El trámite de modificación de domicilio se realiza a través de la sección Mi Monotributo de la web de ARCA.

Los monotributistas que modifiquen su domicilio fiscal en la Provincia de Buenos Aires y que no declaren actividades en otras jurisdicciones, quedarán inscriptos en Ingresos Brutos Simplificado.

Quienes hayan adherido a Ingresos Brutos Simplificado (IBS) ¿Pueden solicitar su exclusión del régimen? En caso de salir, ¿pueden volver a ingresar?

Sí, quienes hayan adherido a Ingresos Brutos Simplificado pueden solicitar su exclusión del régimen una vez al año, por medio del trámite de Exclusión al Régimen Simplificado , y tiene efectos a partir del periodo de solicitud.

Quienes soliciten la exclusión, volverán al régimen general y tendrán la obligación de presentar las declaraciones juradas mensuales y anuales nuevamente. También volverán a ser incluidos en el padrón de retenciones y percepciones.