Mercados frutihortícolas

DEROGADO POR RN 30/21
DEROGADO POR RN 30/21

Transacciones electrónicas


Las organizaciones que administren medios de pago electrónicos como tarjetas de débito o de crédito serán nombrados por Arba como agentes de información. Sus obligaciones como agentes de información son la presentación de las Declaraciones Juradas mensuales y, en caso de corresponder, el pago de multas según lo determine la autoridad de aplicación.

Padrón de Tarjetas


Los Agentes de Recaudación, sujetos obligados a actuar como agentes en el régimen especial, deberán practicar la retención que corresponda con relación a aquellos contribuyentes que se encuentren incluidos en el padrón, y se aplicará la alícuota de retención que esta Autoridad de Aplicación consignará en la página de internet con relación a cada contribuyente en particular.

Cambio de imputación


A partir de la RN 54/2018 se implementa una nueva aplicación WEB para que los Agentes de Recaudación cuenten con la posibilidad de trasladar o modificar la imputación de pagos efectuados erróneamente en su actuación como responsables por deuda ajena conforme a lo normado en el primer párrafo del art. 103 del CF, para las situaciones expresadas en el artículo 4 de la citada norma legal.

 

Instructivo

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Cooperativas


Las cooperativas constituidas conforme con la Ley Nacional N° 20337, que sean contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos en esta jurisdicción, deberán cumplir el presente régimen de información. Deberán suministrar anualmente, y con carácter de declaración jurada, la información relativa a la actividad desarrollada y demás datos de interés fiscal.

 

Marco normativo del Régimen de Información 

→  Resolución Normativa N° 015/19

Entidades bancarias

Derogado por RN 12/25
Derogado por RN 12/25

Redes de compra


Se encuentran obligados a actuar como Agentes de Información del presente régimen las Agrupaciones de Colaboración Empresaria que tengan por único objeto adquirir cosas muebles por cuenta y orden de sus participantes, facturándolas posteriormente a éstos a los mismos precios y en idénticas condiciones en que se las recibiera.

 

Marco normativo del Régimen de Información 

→  Disposición Normativa Serie "B" N° 46/05

Empresas de seguros


Las empresas de seguros, incluidas las cooperativas, inscriptas como agentes de recaudación de tributos respecto de los cuales esta Agencia de Recaudación resulta Autoridad de Aplicación, se encuentran obligadas a actuar como agentes de información con relación a las pólizas de seguros, respecto de: 1) Vehículos automotores cuyos titulares registrales o adquirentes tengan domicilio real o legal en la Provincia de Buenos Aires; y 2) Embarcaciones deportivas o de recreación que tengan su fondeadero, amarre o guardería habitual dentro del territorio de la Provincia de Buenos Aires.

Nómina RN 42/12


Las diferentes leyes impositivas introdujeron modificaciones en las alícuotas del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

Régimen de Recaudación por Sujeto


Descripción del régimen

En pos de alcanzar el funcionamiento óptimo de los regímenes generales de retención y percepción, como así también de dotarlos de un mayor grado de simplicidad y certeza, particularmente en lo que respecta a la determinación de las sumas a percibir o retener por parte de los agentes de recaudación del tributo, se ha implementado un procedimiento que implica la generación de un padrón por parte de la Arba en donde se especificará la alícuota de percepción y retención que se deberá aplicar a cada contribuyente del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, por parte d