¿Cómo se computan las sumas retenidas?
Los importes recaudados se toman como pago a cuenta del Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Las sumas retenidas impactan sobre el mes en el que se produjo la recaudación. Si las retenciones originan un saldo a favor del contribuyente, puede trasladarse a otros meses.
Cuando la titularidad de la cuenta sea compartida, y por lo tanto se encuentre asociada a más de un número de CUIT, la retención puede ser tomada como pago a cuenta de cualquiera de ellos. La retención también puede dividirse para cada una de las partes.
¿Qué conceptos se encuentran excluidos? ¿En qué casos puede realizarse un reclamo y ante quién?
En la Resolución Normativa 38/18 están especificadas las exclusiones al régimen.
Según la naturaleza de la retención, existen dos alternativas para reclamar:
- Ante las entidades que efectuaron la retención, para todos los casos mencionados en el artículo 9 de la RN 38/18.
- En la web de ARBA, para todos los casos mencionados en el artículo 11 de la RN 38/18.
¿Qué es SIRCREB? ¿A qué contribuyentes alcanza?
SIRCREB significa Sistema de Recaudación y Control de Acreditaciones Bancarias. Se utiliza para el cumplimiento de los regímenes de recaudación. Alcanza a los contribuyentes de Ingresos Brutos comprendidos en Convenio Multilateral. Es aplicable sobre los importes que sean acreditados en cuentas en pesos y en moneda extranjera abiertas en entidades financieras.
¿Quiénes se encuentran excluidos del Régimen de Retención sobre los créditos bancarios?
Se encuentran excluidos del Régimen de Retención sobre los créditos bancarios: