¿Quiénes son los sujetos pasibles de recaudación?

Son pasibles de recaudación los sujetos que exploten terminales portuarias dentro del ámbito de actuación del respectivo agente. Se encuentran especificados en el artículo 1 de la Resolución Normativa 31/20.

Quienes desarrollen y obtengan ingresos alcanzados por el impuesto, en función del ejercicio de las actividades fijadas en la Ley Impositiva Vigente, en el ámbito portuario de la Provincia de Buenos Aires -aún en puertos particulares- están  obligados al pago del adicional establecido en la ley y por lo tanto son pasibles de recaudación por parte de los Agentes correspondientes.

 

Fecha de actualización: 02/01/2024