¿Qué sucede en el mes inmediato al cambio de Régimen sobre el pago en IIBB?

En el mes inmediato al cambio de régimen, coexistirán dos obligaciones por única vez. Por un lado, la de Ingresos Brutos Simplificado, que se paga el día 20 del mes en vigencia. Por el otro, la presentación y pago del mes anterior, el último que corresponde al Régimen General, que se presenta y abona siempre a mes vencido.

 

Fecha última actualización: 02/01/2024