¿Qué sanción es aplicable ante la falta de presentación de las Declaraciones Juradas de Ingresos Brutos (DDJJ IIBB)?

La falta de presentación de declaraciones juradas será sancionada con las multas establecidas en el artículo 60 del Código Fiscal.

Si no se cumple con la presentación de Declaraciones juradas en tiempo y forma, los montos de las multas son los siguientes:

  • Contribuyentes de Ingresos Brutos: $4.140 cada multa
  • Sociedades, asociaciones o entidades de cualquier clase (constituidas regularmente o no): $8.411
  • Agentes de Recaudación: $46.725

 

Para más información podés consultar el artículo 60 del Código Fiscal y la Ley Impositiva vigente.

 

Fecha última actualización: 02/03/2024