¿Qué opciones tengo para resolver el reclamo de pago a cuenta art. 58 Código Fiscal?

Las opciones para resolver este reclamo son:

  • Regularizar la situación a través de un Plan de Pagos FIRE, disponible en el menú principal. Es posible acceder al beneficio del 50% si se confecciona dentro de los 10 días hábiles de notificada la deuda en el Domicilio Fiscal Electrónico.
  • Realizar un descargo con la justificación de las diferencias que se reclaman. Puede realizarse en la opción Presentar Descargo de la sección Intimaciones en Curso.
  • Presentar la o las declaraciones juradas por las que se intima al contribuyente, ya que conserva su facultad de autodeterminación del impuesto. Si realiza las presentaciones, ya no podrá acceder al Plan de Pagos FIRE.

Las opciones son excluyentes entre sí para cada período.

Para más información, podés consultar las Resoluciones Normativas 32/17, 33/17, 28/18, 35/20, 15/21 y el Código Fiscal.

 

Fecha de última actualización: 02/01/2024