El COT (Código de Operaciones de Traslado) es un régimen de información sobre el traslado de bienes en el territorio de la Provincia de Buenos Aires. Debe ser obtenido por los sujetos obligados a emitir los comprobantes (facturas, remitos, guías o documentos equivalentes).
En los casos en que el COT no sea obtenido por los sujetos mencionados en el párrafo anterior, el mismo deberá ser solicitado por quién, al momento de iniciarse el viaje, resulte propietario de la mercadería transportada.
Las condiciones que deben cumplirse para generar el COT son:
El marco normativo que lo regula e implementa es el artículo 41 del Código Fiscal, la Resolución Normativa 27/23 y la Resolución Normativa 31/19. En esa resolución también están especificados los casos en los que el COT no resulta exigible.
Fecha última actualización 02/01/2024