Una vez cancelada la deuda, regularizada mediante un Plan de Pagos, o suscripta el Acta de Compromiso - Cambio de Radicación, el interesado estará en condiciones de solicitar al Juez actuante el levantamiento del secuestro, tal como lo establece la Resolución Normativa 80/14.
En los casos en que proceda el levantamiento de la medida, el retiro del vehículo secuestrado debe ser efectuado por la persona interesada, quien deberá presentar la orden judicial escrita y suscribir de conformidad un formulario de constancia del estado del vehículo.
Fecha última actualización: 02/01/2024