¿Cuándo se puede solicitar al Juez actuante el levantamiento de la medida de secuestro? ¿Cómo proceder para retirar el vehículo?

Una vez cancelada la deuda, regularizada mediante un Plan de Pagos, o suscripta el Acta de Compromiso - Cambio de Radicación, el interesado estará en condiciones de solicitar al Juez actuante el levantamiento del secuestro, tal como lo establece la Resolución Normativa 80/14.

En los casos en que proceda el levantamiento de la medida, el retiro del vehículo secuestrado debe ser efectuado por la persona interesada, quien deberá presentar la orden judicial escrita y suscribir de conformidad un formulario de constancia del estado del vehículo.

 

 

Fecha última actualización: 02/01/2024