¿Cuáles son las opciones disponibles para resolver el Reclamo de pago de Tributo Adeudado artículo 44 del Código Fiscal?

Las opciones para resolver este reclamo son:

  • Cancelar la deuda mediante el acogimiento a un plan de pagos vigente. Previamente deben reconocerse los importes intimados a través del botón Conformar Impuesto Determinado Conforme Alícuota Legal del sistema FIRE.
  • Realizar un descargo acompañado de las pruebas correspondientes. Para el caso de las personas jurídicas, se debe adjuntar una copia digital de los documentos que acrediten su personería.
  • Presentar las Declaraciones Juradas rectificativas de acuerdo a la autodeterminación del impuesto.

ARBA conserva las facultades de verificación y fiscalización de la totalidad del gravamen correspondiente a los períodos reclamados.

 

Fecha de actualización: 02/01/2024