¿Cómo se toma conocimiento de la existencia de inconsistencias? ¿Cómo se accede al sistema para generar el descargo, y dentro de qué plazo?

Las inconsistencias se notifican al contribuyente a través de un comunicado en el Domicilio Fiscal Electrónico. También se envía un correo electrónico a la dirección informada a esta Agencia. El descargo se hace a través del sistema.

  • En caso de reconocer la inconsistencia, el contribuyente debe generar el descargo y además presentar o rectificar las declaraciones juradas que correspondan. La inconsistencia puede reconocerse de manera total o parcial, como lo indica el artículo 7 de la Resolución Normativa 33/17.
  • Cuando las inconsistencias no se reconozcan, el contribuyente debe generar el descargo seleccionando la opción correspondiente.

El plazo para enviar el descargo es de 15 días hábiles administrativos. Pasada la fecha, el contribuyente se considerará en infracción según el artículo 60 del Código Fiscal.

El descargo se presenta desde la sección Fiscalización/FIRE del Panel de Autogestión con Clave de Identificación Tributaria.

El instructivo FIRE Nivel 1: Publicación de Inconsistencias cuenta con un detalle paso a paso para generar los descargos.

El sistema FIRE también cuenta con la opción Ayuda en la barra de herramientas, con preguntas frecuentes y una opción para realizar consultas o reclamos. El Seguimiento del reclamo puede realizarse a través de la web de ARBA.

Para más información, podés consultar la Resolución Normativa 33/17, texto ordenado por las Resoluciones Normativas 28/18, 35/20 y 15/21.

 

 

Fecha de última actualización: 02/01/2024