¿Cómo se suscribe un Plan de Pagos FIRE, y hasta cuándo puede hacerse? ¿Deben presentarse declaraciones juradas previo al acogimiento?

La única opción de pago admitida para cancelar el Reclamo de Pago a Cuenta es el Plan de Pagos FIRE. Si el plan se confecciona dentro de los 10 días hábiles de notificada la intimación, puede abonarse el 50% del monto de pago a cuenta reclamado. Pasado ese plazo, el importe a regularizar será la totalidad reclamada.

El Plan de Pagos se realiza desde el sistema FIRE con el número de operativo consignado en la notificación y los importes a incluir en el plan.

Para la suscripción al plan no es necesaria la presentación de declaraciones juradas, por tratarse de un pago a cuenta. Si se realizan las presentaciones, no será posible acceder al Plan de Pagos FIRE.

 

 

Fecha de última actualización: 02/01/2024