Aquellos contribuyentes locales que, aún no se han incorporado en el Régimen del IBS, y cumplan los siguientes requisitos:
1. Cantidad de declaraciones juradas de anticipos del impuesto no presentadas.
2. Cantidad de declaraciones juradas de anticipos del impuesto presentadas fuera de termino.
3. Deuda exigible en el impuesto.
4. Importe a abonar en el marco del Régimen Simplificado inferior al promedio declarado.
5. Procedencia de exenciones u otros beneficios tributarios que pudiesen corresponder al contribuyente, como consecuencia de su inclusión en el Régimen Simplificado.
Serán incorporados por esta Agencia de Oficio en el Régimen de Ingresos Brutos Simplificado.
Para más información podrán consultar la RN 34/24.
Fecha última actualización:27/12/2024