Notificación Fiscalización Catastral
El contribuyente está obligado a declarar cualquier construcción nueva, ampliación, remodelación, reciclado, demolición, o modificación que altere el valor fiscal de su inmueble, en las parcelas de su propiedad o posesión a través de una declaración jurada de avalúo ante ARBA conforme al artículo 81 de la Ley 10.707 y modificatorias. Los propietarios, poseedores a título de dueño o responsables del inmueble deberán presentar las Declaraciones Juradas de Avalúo correspondientes que reflejen la realidad constructiva del mismo.
- Declaración Jurada de Mejoras On Line
- Presentación de la Declaración Jurada
- PH Presentación de Declaración Jurada
Además, de acuerdo lo informado en la cédula correspondiente, debe realizar el pago de la multa reducida, dentro del plazo de 15 (quince) días hábiles a partir de la fecha de la notificación de acuerdo lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley 10.707 y modificatorias: