Compañías de seguros


Es de uso obligatorio para todas las Compañías de Seguros, incluidas la Cooperativas, que se encuentren inscriptas, como Agentes de Recaudación ante la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires. En caso de constitución de nuevas Compañías de Seguros, las mismas quedarán obligadas a actuar en conformidad a lo establecido en el presente régimen de información, desde el momento en que hubieran inscripto como Agentes de Recaudación ante la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires.

 

Marco normativo del Régimen de Información 

→  Disposición Normativa Serie "B" N° 63/02 (Art. 1 y 2)

→  Disposición Normativa Serie "B" N° 35/03

→  Disposición Normativa Serie "B" N° 1/04 (Art. 548, 549, 550 y 551)

→  Artículo 35 del código Fiscal (T.O. 2011)

 

Instructivo presentación de DDJJ

→  Descargar Instructivo

 

Trámites online - Automotores

→  Inscripción

→  Modificación de datos

→  Cese

 

Trámites online - Embarcaciones

→  Inscripción

→  Modificación de datos

→  Cese

 

Transferencias DDJJ

→  Automotores

→  Embarcaciones

 

Reimpresión de Comprobantes

La reimpresión de Comprobantes deberá ser ejecutada al día siguiente o en días posteriores al de haberse transferido electrónicamente el archivo de la Declaración Jurada.

→  Automotores

→  Embarcaciones

 

Aplicativo

  • Vigente desde 22/05/2022
  • Versión 2 Release 12

→  Descargue el aplicativo

→  Plataforma SIAp

Importante: Si posee Windows 7 o Windows Vista, lea las siguientes Instrucciones

 

Calendario fiscal

→  Calendario