¿Qué normativa establece el Alta de oficio de vehículos radicados en extraña jurisdicción?

La Resolución Normativa 22/14 establece el procedimiento de Alta de oficio para automotores radicados en extraña jurisdicción, cuando su propietario o adquirente tenga como asiento principal de residencia la provincia de Buenos Aires.

Comprende los vehículos inscriptos o transferidos con posteridad al 9 de enero de 2002, fecha de entrada en vigencia de la Ley 12.576.

 

Fecha última actualización: 02/01/2024