¿Cómo se determina la categoría de riesgo de cada contribuyente? ¿Qué vigencia tiene? ¿Puede efectuarse un reclamo si no se está de acuerdo con la categoría asignada?

Para determinar la categoría de riesgo se utiliza el Coeficiente de Ajuste de Alícuota por Sujeto, creado a partir de la combinación de indicadores confeccionados a partir de:

  • Presentaciones de declaraciones juradas y pagos.
  • Diferencia de alícuotas para el cálculo del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
  • Presentaciones de declaraciones juradas y rectificativas.
  • Rectificaciones en menos de base imponible.
  • Declaraciones juradas fuera de término.
  • Declaraciones juradas presentadas en 0 (cero).
  • Acceso al Domicilio Fiscal Electrónico.

La categoría tiene validez para un cuatrimestre determinado. Para asignarla se tienen en cuenta los últimos 12 anticipos mensuales vencidos y su cálculo se realiza el mes anterior a su entrada en vigencia.

Los contribuyentes que consideren que su categoría asignada es errónea o indebida, pueden realizar el Reclamo por disconformidad con la categoría de riesgo asignada.

Para más información, podés ingresar a la Resolución Normativa 32/16.

 

 

Fecha última actualización: 02/01/2023