¿Quiénes son los sujetos obligados a ser Agentes del Régimen Especial de Información dispuesto por la Resolución Normativa 31/20?

Están obligados a ser Agentes de Información los Consorcios de Gestión Portuaria, los sujetos que administren puertos y Delegaciones Portuarias ubicadas en la provincia de Buenos Aires y/o quienes exploten terminales portuarias ubicadas en la misma en su calidad de titulares de puertos particulares.

En la web de ARBA se encuentra disponible el Instructivo de Inscripción del Régimen Especial Adicional Puertos.

Para más información, podés consultar el artículo 14 de la Resolución Normativa 31/20.

 

 

Fecha de actualización: 02/01/2024