¿Dónde pueden consultar las alícuotas a aplicar a cada contribuyente los Agentes de Recaudación de Régimen Especial?

Según su actividad, los Agentes de Recaudación de Régimen Especial, deben consultar las alícuotas que corresponden a cada contribuyente en los padrones específicos de su régimen, o aplicar las que surjan de la Ley Impositiva vigente de acuerdo a la Nómina 42/12.

En el caso de los Regímenes de Entidades Bancarias, Intermediarios de Pago, Tarjetas de Compra y Crédito, y Comercialización Mayorista de Combustibles Líquidos, que cuentan con padrones de alícuotas por sujeto, los agentes deberán buscar los Regímenes de Recaudación en la sección Agentes de Recaudación en la web de ARBA.

Cuando se trate de otros Regímenes Especiales en los que no se publican padrones, los Agentes deberán consultar y aplicar las alícuotas establecidas en la Ley Impositiva vigente, de acuerdo a la Nómina 42/12.

Para más información, podés consultar la Disposición Normativa Serie B 01/04 y la Resolución Normativa 42/12.

 

Fecha de última actualización: 02/01/2024