¿Qué marco legal establece la aplicación de intereses por falta total o parcial de pago de las obligaciones fiscales? ¿Cuál es el orden de imputación de los montos ingresados al cancelar deudas existentes?

El marco legal que establece el tratamiento de las deudas y otros incumplimientos ante el fisco es el Código Fiscal.

La aplicación de intereses por falta de pago se encuentra contenida en su artículo 96, mientras que el artículo 99 detalla el orden de imputación de los pagos efectuados cuando existe deuda, comenzando por la más remota, en el orden que sigue: 1º multas firmes o consentidas, 2º recargos, 3º intereses punitorios y resarcitorios, 4º de corresponder, actualización monetaria y por último al capital de la deuda principal.

 

Fecha de actualización: 02/01/2024