Se encuentran excluidos de Ingresos Brutos Simplificado los contribuyentes que cumplan alguna de las siguientes condiciones:
- Se encuentran en el Régimen de Convenio Multilateral
- Fueron excluidos de oficio por ARCA en los términos del artículo 20 del Anexo de la Ley 24.977 y modificatorias.
- Renunciaron ante ARCA al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes del Anexo de la Ley 24.977 y modificatorias.
- Solicitaron la exclusión por pase a régimen general de presentación de declaraciones juradas.
- Solicitaron la exclusión por desarrollar actividades no alcanzadas por el Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
Para más información, podés consultar las Resoluciones Normativas 20/21 y 21/21.
Fecha última actualización: 02/01/2024